Las Intromisiones Legítimas en el Derecho a la Propia Imagen
Resumen del Libro
El derecho fundamental a la propia imagen, reconocido en el art. 18.1 de la Constitución Española y regulado en la LO 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, confiere a cada uno de nosotros la facultad de impedir, con carácter general, que otra persona capte, reproduzca o difunda por cualquier medio los rasgos físicos reconocibles que nos hacen distintos de los demás, principalmente, nuestro rostro. Si esto ocurre sin nuestro consentimiento, es muy probable que se haya cometido una intromisión ilegítima en nuestro derecho a la propia imagen. Sin embargo, no se trata de un derecho absoluto: la Ley prevé una serie de circunstancias que legitiman el uso de nuestra imagen por parte del tercero que se desenvuelva en la situación prevista por la norma; tercero que, de este modo, se habrá entrometido lícitamente, empleando la cobertura legal, en un ámbito que, de no concurrir dicha circunstancia legitimadora de la intromisión, quedaría reservado al titular de la imagen concernida. En esta obra se analiza el alcance que cabe atribuir a las circunstancias descritas en los arts. 2o y 8o de la citada Ley: el consentimiento del titular del derecho, la existencia de una previsión legal expresa o de un acto o mandato de la autoridad basado en la Ley, la concurrencia de ciertos intereses públicos, la captación de la imagen de las personas de notoriedad pública en actos o lugares abiertos al público o el uso de su caricatura y la aparición de la imagen de cualquier persona con carácter accesorio en la información gráfica acerca de algún acontecimiento de interés. El análisis teórico de la letra de la Ley aparece en la obra continuamente contrastado, apoyado o contradicho en sus resultados con un estudio exhaustivo de la aplicación práctica de estas circunstancias por parte de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, que permite aquilatar cuál es el auténtico grado de efectividad de estos factores legales que posibilitan la existencia de intromisiones legítimas en el derecho a la propia imagen, principalmente, por parte de los distintos medios de comunicación social. El derecho fundamental a la propia imagen, reconocido en el art. 18.1 de la Constitución Española y regulado en la LO 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia i
Ficha Técnica del Libro
Tñitulo Secundario : Estudio de Las Circunstancias Que Legitiman la Intromisión en la lo 1/1982, de 5 de Mayo, de Protección Civil Del Derecho Al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen
Cantidad de páginas 275
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